Autorizan a circular provisoriamente a quienes tengan que reimprimir la licencia de conducir

Autorizan a circular provisoriamente a quienes tengan que reimprimir la licencia de conducir

El Gobierno de la Ciudad respondió a una inquietud que era generalizada en el último tiempo en los conductores de vehículos. Aquellos que hayan gestionado la solicitud de reimpresión de la licencia de conducir, como ordena un DNU de 2020, pueden circular de forma provisoria sin estar en infracción.

La normativa fija la autorización para los conductores durante 3 meses desde fecha de vencimiento original. Esto permite que aquellos que se hallen de vacaciones y no hayan recibido la nueva credencial, o estén por emprender un viaje, no queden en riesgo de ser multados. La novedad la determinó la Dirección General Habilitación de Conductores, encargada de la impresión de licencias.

La decisión original había sido establecida por el DNU 11/21 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y determinaba que las licencias de conducir emitidas antes del 17 de marzo de 2020, con vencimiento situado entre el 1° de enero de 2022 y el 14 de febrero de 2025 deben ser reimpresas de forma obligatoria para acceder a una prórroga de 2 años de validez, luego de las modificaciones efectuadas a la duración de las mismas.

A su vez, para los titulares de las licencias emitidas antes de la fecha, y con vencimiento entre el 15 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 el trámite de reimpresión ya no es obligatorio sino opcional. Como en el momento del anuncio, el trámite de reimpresión podrá iniciarse a partir de los treinta días anteriores a la fecha de su vencimiento. A su vez, todo se realiza de manera online desde la web buenosaires.gob.ar sin necesidad de acudir a una oficina de manera presencial.

La credencial llega luego a un domicilio que debe fijarse dentro de los requisitos, el cual debe ser sí o sí en suelo porteño. El Gobierno de la Ciudad determinó, en tanto, una serie de requisitos para poder lograr la reimpresión de la licencia.

La misma tiene que ser emitida en CABA, respetando a su vez la fecha de emisión comprendida por el DNU. Es necesario asimismo abonar el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT), que tiene 60 días de validez, así como no tener ninguna deuda de infracciones. Otro requisito es no haber modificado tu aptitud psicofísica, lo cual deberás consignar bajo declaración jurada, al tiempo que es preciso abonar el trámite mediante la Boleta BUI.

En las últimas semanas se habían reportado decenas de inconvenientes vinculados a este asunto. La mayoría eran de carácter burocrático, ya que por problemas en el sitio, los usuarios quedaban con el trámite trabado, sin recibir confirmación por mail ni respuesta en el 147.

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